Madrid descentraliza competencias de zonas verdes, que serán asumidas por las juntas municipales de distrito

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El Ayuntamiento de Madrid ha acordado en la Junta de Gobierno de hoy viernes, 23 de marzo, modificar los acuerdos de organización y competencias de las áreas de Medio Ambiente y Movilidad, Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y de los distritos para impulsar el proceso de descentralización municipal que ha iniciado el consistorio, trasladando así mayores competencias a los distritos.

Esta reorganización competencial se produce tras un exhaustivo estudio que ha analizado las estructuras organizativas y competencias globales de las áreas municipales susceptibles de ser desconcentradas o descentralizadas, y ha trabajado en la búsqueda del objetivo principal de la descentralización de la ciudad de Madrid: mejorar la agilidad y la eficiencia en la prestación de los servicios municipales, fortalecer el gobierno de proximidad, avanzar en la cohesión y el reequilibrio territorial.

Cuatro nuevas competencias para los distritos

Con estas transferencias, las juntas municipales de distrito mejorarán en cercanía (el órgano gestor de las obras de remodelación y mejora de las zonas verdes del distrito estará más cerca de las vecinas y vecinos); tendrán mayor agilidad, eficacia y capacidad de respuesta al ciudadano; y, finalmente, mayor control del estado de conservación de las zonas verdes en cada distrito, por su proximidad.

Las nuevas competencias que asumen los distritos, son:

  1. Rehabilitación, mejora y acondicionamiento de zonas verdes y espacios ajardinados de distrito, excepto los parques históricos, singulares, forestales y viveros municipales, y la Quinta de Torre Arias por entenderse que se trata de parques y jardines de interés de la ciudad. El ámbito competencial que asumen las juntas se referirá a aquellos parques, jardines u otras zonas verdes que han sido seleccionados por cada distrito, incluyéndose los pavimentos del viario que se encuentren integrados en dichas zonas. Por su parte, Medio Ambiente y Movilidad conservará las competencias sobre las zonas verdes y espacios ajardinados que no sean asumidas por los distritos. 
  2. Renovación e instalación de equipamientos de áreas caninas, áreas infantiles, zonas de mayores, circuitos deportivos elementales y zonas de ejercicio al aire libre, en las zonas verdes y espacios ajardinados de distrito a los que se refiere el punto 1. Las propuestas de creación de este tipo de áreas suelen proceder de la propia vecindad de los distritos y, en la actualidad, muchas de ellas se canalizan a través de los presupuestos participativos, por lo que se considera más conveniente que se ejecuten directamente desde las propias juntas de distrito. Mediante esta competencia, los distritos podrán llevar a cabo obras de construcción de nuevas áreas así como sustituir antiguas áreas existentes que se encuentren deterioradas, en sus respectivos distritos, mediante la tramitación de los correspondientes contratos. 

La asunción de estas dos competencias para los distritos comprenderá la gestión completa de las actuaciones, incluyendo la redacción, tramitación, ejecución, supervisión, inspección, certificaciones de las obras y recepción de las mismas. 

  1. Información, análisis, vigilancia y priorización de avisos e incidencias de Medio Ambiente, mediante la creación de una Comisión de Coordinación y planificación de las actuaciones entre Medio Ambiente y Movilidad y los distritos. Para hacerlo posible, las juntas municipales van a participar en la vigilancia y análisis de los avisos en relación con la conservación y mantenimiento de las zonas verdes de su ámbito territorial, dando traslado al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad de las incidencias observadas en la gestión de las actuaciones y de las propuestas que estimen pertinentes. 
  2. Apertura y cierre parques que han sido seleccionados por cada distrito, traspasándose así la competencia de protección de las zonas verdes del ámbito territorial de cada distrito. El horario se determinará en coordinación con el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Igualmente, quedan excluidos de este traspaso los parques históricos, singulares, forestales y los viveros municipales, y la Quinta de Torre Arias.

 

Una Comisión entre Medio Ambiente y Movilidad, Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social y los distritos para coordinar las actuaciones

Las labores de coordinación entre los diferentes actores se reforzarán mediante una serie de mecanismos entre los que destaca la creación de una Comisión de Coordinación, que se configura como un órgano específico de coordinación técnica promovido por el Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social en la que participarían representantes de los distritos y de las Direcciones Generales del Área de Gobierno de  Medio Ambiente y Movilidad implicadas. 

Se reunirá con la frecuencia que se determine para resolver las dudas o posibles conflictos que pudieran surgir al ejercer sus respectivas competencias y para coordinar actuaciones, siempre en el marco del proceso descentralizador y de acuerdo con las interlocuciones que establezca esta área de gobierno. La comisión se concibe como un punto de encuentro permanente entre los técnicos del área de gobierno y los de los distritos que permitiría a éstos compartir y conocer las necesidades y las actuaciones llevadas a cabo por las juntas en el ámbito de sus competencias y también les permitirá conocer las actividades que realiza el Área de Gobierno, facilitando la descentralización.

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