El TSJM confirma el auto del Pleno sobre los procedimientos de la ‘externalización sanitaria’

-

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado, por mayoría, desestimar los recursos de reposición interpuestos contra el Auto del Pleno de la misma Sala en el que se ordenó devolver los procedimientos de la denominada ‘externalización santiaria’ a las Secciones Octava y Tercera, que venían tramitándolos. El Pleno de la Sala, reunida el pasado 13 de enero, devolvía a través del auto recurrido los procedimientos que tienen por objeto la impugnación de la resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la que se hizo pública la convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado ‘Gestión por concesión del servicio público de la atención sanitaria especializada correspondiente a los Hospitales Universitarios Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, Del Henares, Del Sureste y del Tajo’ a la Sección Tercera; y el que se refiere al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales sobre la misma materia, a la Sección Octava. El Pleno de la Sala razona en este nuevo auto que no se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, tal y como alegaba la parte recurrente, dado que, entre otras motivaciones jurídicas expuestas en la resolución, los magistrados entienden que “si un órgano judicial tiene competencia para resolver el fondo de un asunto, también la tiene, porque va implícito en la anterior y es previa a ella, para examinar, valorar y decidir sobre la propia competencia para conocer del asunto, puesto que el ejercicio de una competencia supone la previa aceptación y reconocimiento de la competencia misma, ya que la atribución de competencia al Pleno no se hizo de un modo limitado o condicionado, sino pleno”. Respecto de esta deliberación y fallo se han formulado dos votos particulares, a uno de los cuales se han sumado hasta cinco magistrados. Esta resolución, que es firme y contra la que no cabe recurso, se notifica y ejecuta a través de la Sección Octava de la Sala, que es la que venía conociendo del procedimiento por derechos fundamentales contra el que se ha formulado en concreto los recursos de reposición al auto del Pleno.

ULTIMAS NOTICIAS

CCN, MCCE y RootedCON organizan la mayor convocatoria de ciberseguridad de España en noviembre

El Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio y RootedCON unen por primera vez los tres grandes eventos de ciberseguridad de España en una convocatoria conjunta. Las XIX...

La Fura dels Baus inaugura la 41ª edición de los Veranos de la Villa el 7 de julio

La obra Carmen: 150 años de La Fura dels Baus abrirá el festival el 7 de julio en el Puente del Rey, dando inicio a la 41ª edición de...

El comic 20th Century Men llega en septiembre con una visión distópica del final del siglo XX

La editorial Astiberri publica el 4 de septiembre la obra de Deniz Camp y Stipan Morian que presenta un escenario apocalíptico donde superhéroes, genios y activistas se precipitan hacia...

El PSOE de Leganés denuncia el vandalismo contra su sede tras amanecer atacada

La sede del PSOE de Leganés ha amanecido vandalizada, según ha denunciado la formación política a través de un comunicado. El partido ha puesto los hechos en conocimiento de...

El Real Teatro de Retiro presenta 248 funciones para acercar las artes a familias

El Real Teatro de Retiro presentó su nueva temporada 2025-2026, que se celebrará entre septiembre de 2025 y julio de 2026 en el Centro Cultural Daoiz y Velarde. El...

Espacio Abierto propone viajar sin salir de Madrid con cine y talleres

Espacio Abierto, el centro para la infancia y adolescencia del Área de Cultura, Turismo y Deporte, programó para julio el festival 'Viajar sin salir', que propone desplazamientos simbólicos, narrativos...