La Empresa Municipal de Transportes de Madrid, siguiendo instrucciones del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, eximirá a los usuarios que viajen en silla de ruedas, a partir del 1 de agosto, de la obligación de validar su título de transportes.
Esta medida, largamente reclamada por asociaciones y federaciones de personas con discapacidad, se adopta para garantizar el derecho a la movilidad independiente de estos usuarios y es válida para aquellos autobuses que no estén equipados con una canceladora o validadora de títulos de transporte en la zona reservada específicamente a estos viajeros.
No obstante, la medida no exime a los usuarios en silla de ruedas de portar un título de transporte válido, que les podrá ser requerido por el personal de la EMT, como al resto de los viajeros. El hecho de no portar un título válido, derivará en sanción y en la imposición del pago del recargo extraordinario previsto reglamentariamente para estos casos.
En la actualidad, no todos los autobuses de la EMT disponen de canceladoras en los espacios reservados para usuarios de sillas de ruedas, como está determinado reglamentariamente. Sin embargo, esta circunstancia no puede implicar una limitación de la autonomía individual de estos viajeros. Por ello, y en tanto esas circunstancias se mantengan, la Comisión Técnica de Accesibilidad de Modos de Transporte del Consejo de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, de la que forma parte la EMT, en su reunión del pasado 17 de julio, trató esta cuestión, mostrando su conformidad con esta exención.