Queda así levantada la suspensión de los mercadillos de los Distritos adoptada en dos decretos anteriores (12 de marzo de 2020 y 25 de marzo de 2020) por el Consistorio a fin de armonizar el criterio del Equipo de Gobierno con el del Gobierno de la Nación. Además del Decreto de la Delegada levantando la suspensión, cada Concejal de Distrito dictará resolución determinando las condiciones particulares de reapertura y funcionamiento de cada uno de los Mercadillos de sus Distritos en cumplimiento de las condiciones de seguridad e higiene determinadas por la autoridad competente.
El pasado sábado 16 de mayo el Gobierno Central anunció el paso de la Comunidad de Madrid a la Fase 0 “aliviada” del Plan de transición hacia una nueva normalidad. Esta fase intermedia contempla la posible apertura de los mercadillos. Desde ese instante, el Ayuntamiento de Madrid, gracias al trabajo conjunto del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana (Silvia Saavedra) y del Área de Economía, Innovación y Empleo (Miguel Ángel Redondo), envió a los Distritos –órganos competentes en la materia- instrucciones comunes y precisas estableciendo cuáles son las condiciones que los mercadillos deben acatar para retomar su actividad con las máximas garantías de seguridad y protección para comerciantes y usuarios desde el próximo lunes 25 de mayo.
El Decreto 20 de mayo de 2020 lleva aparejada la adecuación de las medidas necesarias de seguridad e higiene por parte de los Distritos a la situación específica de cada mercadillo. Sólo podrán instalarse el 25 % de los puestos (con preferencia de productos alimentarios y de primera necesidad); el aforo permitido no superará un 1/3 respecto del aforo habitual que tendrá que ser rigurosamente controlado para evitar aglomeraciones. La señalización de entrada y salida, de distancias de seguridad e itinerarios únicos y la presencia de cartelería informativa de carácter general, serán medidas imprescindibles como lo será también que los puestos estén perfectamente higienizados, que no exista manipulación directa de alimentos, que los puestos guarden una distancia mínima de 2 m. ordenados de manera lateral y 6 m. cuando se encuentren enfrentados o que el vendedor manifieste de forma explícita la preferencia de pago con tarjeta frente al pago en efectivo.
Silvia Saavedra, titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana ha asegurado que “Estas medidas implican por una lado, nuestra firme apuesta por el comercio de venta ambulante que es parte medular de la actividad económica de la Ciudad y por otro, la voluntad de que su reapertura se haga con las máximas garantías de seguridad y de salud para los madrileños”.